lunes, 29 de noviembre de 2021

Sobreseimiento de Cristina Kirchner: el cohecho


La sentencia que sobreseyó a Cristina Kirchner y otras 17 personas tiene muchos puntos débiles. Pero tiene uno en el que directamente se quiebra y debe recurrir a una obvia falacia. Es cuando aborda el delito de cohecho.

Lo explicaré con términos claros evitando en lo posible los tecnicismos. La sentencia completa puede leerse en este link

Cristina Kirchner había sido acusada de tres delitos: asociación ilícita, lavado de activos, y recepción de dádivas (este último también llamado cohecho -o en el uso común- coima).

Hubo una disidencia: la jueza Adriana Palliotti dijo que los planteos de la defensa eran mera reiteración de otros que ya habían sido antes rechazados y que no había nuevas pruebas que justificaran el sobreseimiento. Consideró que había que seguir con el juicio.

Más allá de los sólidos argumentos de esa disidencia, e incluso si ellos se descartaran, creo que los de los otros dos jueces contienen una contradicción, un razonamiento absurdo respecto del delito de cohecho.


Un sobreseimiento montado sobre el otro

Los dos jueces que votaron a favor de los acusados trataron primero el delito de lavado de activos. Dijeron que era evidente que las acciones que se le imputaban a Cristina y los demás, incluso si fueran ciertas, no configuraban el delito de lavado de activos. No era necesario entonces, dijeron los jueces, seguir con el juicio porque incluso si todo lo que se dijo que hizo Cristina fuera probado, legalmente eso no sería lavado de activos. No había necesidad de lavar lo que ya estaba lavado: como no había sospecha sobre el origen de los fondos (o sea, no había sospecha sobre la obra pública) ya no era necesario lavarlos otra vez mediante los contratos hoteleros. Ese segundo tramo de la supuesta maniobra, incluso si fuera cierta, no encuadraba en lo que la ley aplicable considera lavado de activos (páginas 307-313 de la sentencia).

De la asociación ilícita dijeron que no se ocupaban porque ya se juzgaba en otro proceso.

Supongamos, sólo supongamos, que todo eso está bien. Queda el tercer delito: recibir dádivas (cohecho). Cristina, dijeron los fiscales, recibió dinero en sus hoteles y eso era coima o cohecho que le pagaron por favorecer empresarios en la obra pública.

¿Cuál fue el argumento para sobreseer a Cristina y sus hijos de ese delito? ¿Cómo es que ni siquiera fueron a jucio por él?

Los jueces dijeron que entre el lavado de activos y el cohecho había un concurso ideal. Eso quiere decir que a través de una misma acción (los contratos hoteleros) Cristina e hijos cometieron esos dos delitos a la vez: lavado y cohecho. Se dice entonces que una misma acción “encuadra” en dos delitos.

Y allí viene el truco: los jueces dijeron que si la sobreseían del lavado también la tenían que sobreseer por el cohecho ¿Por qué? Porque -argumentaron- ambos forman un concurso ideal, es decir, una sola acción por más que encuadre en dos delitos (p. 353 de la sentencia).

Pero ¿no habían dicho primero que sobreseían del lavado porque no encuadraba? Y luego dicen que como sí encuadra en lavado y cohecho, forma un concurso ideal que obligaba a sobreseer también del cohecho.

Algo así como pararse sobre una silla que se dijo que no existe (el lavado), para tapar algo que no se quiere averiguar si existe (el cohecho).

Veamos esto con más detalle.


El concurso ideal (que no existe pero existe)

Los jueces dicen que como la conducta es una sola, el sobreseimiento debe abarcar todos los supuestos delitos que se cometieron mediante ella. Eso no es exacto. Si alguien es acusado de cometer dos delitos a la vez, el juez no está obligado a condenarlo por los dos o absolverlo por los dos. Puede condenarlo por uno solo de ellos. Eso es evidente. Y si puede condenarlo por uno solo de los delitos, entonces es falso que si lo sobresee por uno está obligado legalmente a sobreseerlo por los dos.

El argumento de los jueces solamente sería cierto si sobreseen cuando es evidente que esa conducta única no existió o el imputado no es reponsable de ella. Claro, si el hecho no existió entonces caen todos los supuestos delitos en los que encuadraría. Pero si sobreseen porque el hecho no encuadra en uno de los delitos, entonces no es cierto que deban sobreseer por el otro.

Además, si dicen que no encuadra en uno de los dos delitos, entonces es contradictorio decir que hay un concurso ideal de dos delitos.

O sea, los jueces usan su sobreseimiento del lavado (que ya era discutible) para también sobreseer por un delito para el que no tenían ningún argumento: el cohecho.

No se sabe si con ignorancia o con maña, los dos jueces citan a un jurista que dice que una sentencia que aplica las reglas del concurso ideal hace cosa juzgada para todas las violaciones de la ley penal que concurran idealmente (Bacigalupo, Enrique: Derecho Penal, Parte General, p. 591, citado en p. 353 de la sentencia). Lo que ese autor quiere decir es que si una sentencia declara que el hecho no existe o sí existe pero el acusado no es reponsable de ella, eso hace cosa juzgada para todas las violaciones que ese hecho implicaba. Pero es absurdo citar eso (que es cierto y obvio) para sostener que sin importar si el hecho existió o el acusado es responsable (???), como no encuadra en uno de los delitos entonces tengo que sobreseer en el otro.

Ese es el truco argumental de la sentencia que quiero destacar, que se presenta incluso si descartan las objeciones procesales que hizo el voto disidente.

Por supuesto hay muchas otras cuestiones que podrían analizarse en el fallo. Pero la falacia que acabo de describir en palabras que creo cualquiera puede entender, está oculta en una maraña de 375 páginas. Quiero que salga a la luz.

5 comentarios:

  1. La verdad es que la ley dice lo que el juez dice y eso no es posible, pues da lugar a interpretaciones rebuscadas de mentes incentivadas .Creo que segun el codigo procesal penal debe hacerse el juicio ,no se pero los hechos objetivos son que le contrataban cuartos de hotel que no se ocupaban nunca y eran pagados por quien ganaba las licitaciones en fin ????

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  2. Muchas gracias, por la explicación simple y a la vez, fundamentada.

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  3. En la admisión de dádivas el tipo penal exige que el funcionario reciba la dádiva y no solamente la acepte.
    La aceptación del ofrecimiento, es decir, de la promesa de entrega, es impune.

    El delito se consuma con la recepción de la dádiva x parte del funcionario o quien actue x él.

    A CFK le imputan un concurso ideal entre la presunta aceptación de dádivas y el delito de lavado de dinero.

    La Fiscalía en su requerimiento, consideró q el supuesto lavado de dinero fue llevado a cabo mediante múltiples maniobras, siendo una de ellas, los pagos de alquileres efectuado a la sociedad los Sauces, medio a través del cual se admitieron y canalizaron las dádivas.

    El ofrecimiento de dádivas no se consumó al comienzo de la presunta maniobra.
    Sino que se habría consumado en el último tramo, pero no habrían sido más que los fondos "canalizados" en el entramado del lavado de dinero, es decir, lavado que no existió, x q eran fondos legítimos.

    Entonces, por un lado, la aceptación de dádivas no se castiga

    Y

    Por otro lado, tampoco se consumó x que los fondos eran legítimos y respondían a dinero en blanco y a contratos de alquiler.

    Se adelantó q se tomaría la propuesta de la Fiscalía como delito continuado, es decir, a los fines de analizar una misma acción que se llevó a cabo entre el 2006 y 2016 (creo).

    A CFK la sobreseen x aceptación de dadivas y lavado de activos, y tomaron la figura principal del lavado donde la misma fiscalia aclaró q se llevó a cabo a traves de diferentes maniobras, una de ellas por medio de contratos de alquileres de hoteles.
    Por eso al caer el lavado como atípico, no existió, la acción llevada a cabo x medio de los alquileres fue legítima, con fondos legales y alquileres en regla, también cae la otra figura que se apoyaba en la misma actividad. No fueron dadivas fueron pagos legítimos de alquileres en regla con fondos legítimos provenientes de fuentes legales.


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    1. Se confunde amigo. Dice Ud. "al caer el lavado como atípico, no existió...".
      Lo que cae en todo caso es la calificación como lavado, no la acción, que perfectamente puede encuadrar en el otro delito el de cohecho. Lo que Ud. repite es precisamente la falacia del fallo.
      Y que fueran "pagos legítimos de alquileres" es más que dudoso, por eso mismo era necesario el juicio.

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  4. Que país choto, cuando el procesado tiene tanto poder parece que la única manera de llevarlo a juicio es una confesión firmada y solicitud de condena de su propia voluntad. Se le dió curso legal a un dinero cuyo verdadero fin no era pagar un servicio sino retornar una parte del beneficio que les significó a empresarios amigos la adjudicación de obra pública. ¿Cuántos delitos quedan evidenciados? - Fraude contra el erario público al pagar sobreprecios - Enriquecimiento a costa de una posición de privilegio - ¿Actividad comercial ficticia? ¿Yo puedo emitir facturas y admitir dinero por una contraprestación que no cumplí? - La clave está en que quien paga la coima recibe una factura pero no el servicio, están haciendo la vista gorda ante lo más visible, el procedimiento de crear hoteles y supuestas transacciones que se comprueban falsas. ¿La doctrina dentro del Derecho no habla de cómo interpretar lo que, a todas luces, son maniobras irregulares y de ser honestas, irracionales?

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