viernes, 11 de septiembre de 2015

Cómo usar el Código Penal. Ayuda para el ciudadano que quiere entender la ley

Me propongo escribir algunas notas acerca de los problemas que tiene la aplicación de la ley penal. Me consta que es un asunto que preocupa a mucha gente, y no sólo a los abogados. Eso me parece muy sano. Es fundamental que en una república el ciudadano se interese por la ley y su aplicación.
Sin embargo, también observo que quienes tienen ese sano interés se encuentran con que algunas notas están escritas sólo para abogados, llenas de citas y jerga, o que (en el otro extremo) tienen artículos de diarios, frecuentemente escritos por periodistas que parecen saber menos que el ciudadano corriente. Lo que yo voy a intentar es proponer algo en el medio, algo que pueda entender toda persona, pero que no se quede en la noticia.
Antes de pasar a temas específicos, en esta primera nota quiero proporcionar al lector las herramientas para que busque y use por sí mismo la información. Una de las más importantes, por supuesto, es el Código Penal, que se puede leer en la web. Este es el link al sitio oficial que tiene el texto actualizado del código. Trataré de dar una guía para moverse en él.
¿Cómo se divide el Código Penal?
Básicamente el código se divide en dos. La parte general está en el Libro Primero del Código y tiene las reglas que se aplican a todos los delitos, la parte especial en el Libro Segundo tiene la lista con la descripción de todos los delitos, uno por uno, y las penas que les corresponden. Aclaremos que algunos delitos están penados por leyes que no forman parte del código penal, pero son los menos. Así que con aprender a manejar el código penal tenemos lo fundamental.
Voy a hacer una lista del contenido de cada una de las dos partes del Código. Citaré un sólo artículo sobre cada tema, el primero de cada asunto, pero hay que tener en cuenta que siempre hay muchos otros que directa o indirectamente lo complementan. Al final voy a dar algunos consejos para buscar información moviéndose con la ayuda de la computadora dentro del código.
Parte General (Libro Primero)
Como dije, esta parte no se refiere a ningún delito, pero dice entre otra cosas:
  • cuáles son las penas (reclusión, prisión, multa, e inhabilitación) art. 5
  • cuándo la prisión o reclusión que ya se empezaron a cumplir pueden terminar antes (llamada libertad condicional) art. 13
  • cuándo la de prisión se puede dejar en suspenso desde el inicio (llamada, condena condicional) art. 26
  • la reparación de los perjuicios que haya sufrido la víctima: art. 29
  • cuándo hay legítma defensa: art. 34 inciso 6
  • cuándo una persona es imputable, es decir, que puede ser responsable de lo que hace: art. 34 inc. 1
  • qué pautas debe tener en cuenta el juez para fijar la pena dentro del mínimo y máximo que el Código fija para cada delito. Esas pautas se refieren a la gravedad del hecho en sí mismo, art. 40 (porque, por ejemplo, no todo robo con arma de fuego es igual a otro robo con arma de fuego, por la violencia usada, el monto robado, etc.) como a la persona del delincuente, si es reincidente, su peligrosidad, etc., art. 41
  • cuándo el delito queda como tentativa, y cómo se reduce la pena en ese caso: art. 42
  • quiénes se consideran cómplices, partícipes necesarios o secundarios: art. 45
  • cuándo hay reincidencia, es decir, un delincuente que fue juzgado y condenado en el pasado, fue a la cárcel, salió, y cometió otro delito, y qué consecuencias tiene art. 50
  • qué se hace cuando hay que condenar por varios delitos (a diferencia de la reincidencia, aquí se trata de juzgar varios hechos que todavía no tuvieron condena) art. 54
  • prescripción de la acción, es decir, cuánto tiempo hay para conseguir que el delito tenga condena firme, que se cuenta a partir de que se cometió, y que es más o menos tiempo dependiendo de la pena que tenga el hecho. Art. 62. Si el plazo transcurre y todavía no hay condena firme, el acusado queda libre. Condena firme significa, que ya no se puede apelar más. Ese plazo se puede suspender o interrumpir por circunstancias que enumera el Código. Cuando la suspensión termina, el plazo empieza a correr de nuevo, y el tiempo anterior se suma. Cuando se interrumpe, se empieza a contar de cero.
  • suspensión del juicio, poniendo al acusado a prueba por un tiempo (la llamada probation). Art. 76 bis. Si durante ese tiempo el acusado se comporta bien según las reglas que el juez le fija, no hay juicio ni condena. La suspensión del juicio se distingue de la condena en suspenso (condena condicional), porque en este último caso sí hay juicio y condena, lo que se deja en suspenso es aplicar la pena
Parte especial (Libro Segundo)
Esta es la parte que contiene la descripción de cada delito. Es decir, en qué consiste cada delito, qué es lo que una persona tiene que hacer para que se considere que cometió este delito y no otro, o que no cometió ninguno de los delitos que contiene el código.
Los delitos están agrupados de acuerdo al bien que dañan de modo principal (aunque sabemos que casi todo delito daña muchas cosas a la vez). La primera categoría es la de los delitos que atacan a las personas directamente, empezando por lo más grave, los homicidios. Luego siguen las lesiones, etc.
Más adelante tenemos los delitos contra la integridad sexual (abusos, violación, corrupción de menores, etc.), contra la propiedad (hurto, robo, estafa). Y siguen muchas otras categorías.


Consejo práctico: usando la página web que indiqué más arriba, hay dos maneras de buscar un tema específico
Por el índice: se puede ir al comienzo de la página, donde está el índice, buscar allí y hacer click en el tema o clase de delito que nos interesa
Por palabra. Vamos otra vez al comienzo de la página, apretamos en el teclado Ctrl+f (es decir, apretamos la tecla Ctrl -la mantenemos apretada- y apretamos la letra f). Etonces aparece arriba un cuadrito en el que podemos escribir una palabra, apretar Enter, y la compu la busca en la página. Claro que puede ser que la palabra aparezca muchas veces. Por ejemplo, no sirve poner “pena” porque esa palabra aparece todo el tiempo.


Algo de jerga....En la próxima nota voy a explicar brevemente algunos de los términos que aparecen en el Código o en la jerga jurídica

jueves, 30 de julio de 2015

El eufemismo del retraso cambiario


No pasa un día sin que los periodistas mencionen el atraso cambiario. Los invitados expertos lamentan sus consecuencias y afirman que el atraso cambiario hace que los productos argentinos no sean competitivos. Pocos sin embargo explican por qué se produce, o cuál es su real significado.
Muy pocos se atreven a decir las cosas de modo directo, pues el concepto mismo del atraso cambiario involucra un eufemismo. Dejemos una cosa en claro: el valor relativo de las monedas no tiene nada que ver con la competitividad. Paro de escribir y busco en la web la cotización de la moneda sueca (Krona) respecto al dolar. Hoy 29 de julio de 2015 el dólar está a 8.58 Kronas. Es decir que la moneda norteamericana es más de 8 veces más cara. Esto no quiere decir que por los valores relativos de sus monedas, la economía norteamericana esté en desventaja, que sea 8.58 menos competitiva en relación a la sueca. Es que los productos suecos no son 8.58 veces más baratos que sus equivalentes norteamericanos. Y tampoco sucede que los suecos ganen sueldos ocho veces más bajos que los norteamericanos, o que los costos de producir en Suecia sean ocho veces más bajos que en los Estados Unidos.
Doy otro ejemplo: hace muchos años, cuando Italia todavía tenía la Lira, 1 dólar llegó a valer 22.000 liras. Eso no quería decir que la economía italiana fuera 22.000 veces más competitiva que la norteamericana. Es que un automotor italiano no valía 22.000 veces menos que el modelo similar norteamericano, ni los obreros italianos ganaban 22.000 veces menos que los norteamericanos, ni era 22.000 veces más barato producir en Italia que en Estados Unidos.
Insisto, la relación de cambio entre dos unidades monetarias no tiene nada que ver con la competitividad de una economía. Lo relevante son los costos de producción, pero no sólo ellos, sino la capacidad de las empresas para adaptarse a la demanda, para introducir constantemente mejoras en sus productos, y no intentar vender lo mismo sin variantes durante medio siglo. También cuenta la infraestructura, y el respeto por los derechos individuales. Hay incluso factores más difíciles de definir, pero no menos importantes, como es la voluntad y hasta el gusto por competir, que jamás lo adquieren quienes se acostumbran a vivir de mercados cautivos.
¿Por qué entonces los periodistas y los expertos que ellos convocan machacan tanto con un enfoque confuso como es el valor relativo de las monedas? Es que la política argentina está basada en eufemismos. En el silencio sobre los problemas reales y en el debate airado sobre los inexistentes. Cuando se dice que "el dólar está retrasado" (como si fuera un problema comparable al de adelantar la hora) lo que se dice en verdad es que los costos de producir en Argentina son muy altos, lo que hace que el precio de nuestros productos no sea competitivo.
Pero este es simplemente el eufemismo principal. De él derivan muchas cosas que tampoco se dicen abiertamente. En casi todas las actividades, el componente principal de los costos son salarios. Por eso, el eufemismo del "atraso" a corregir, implica -en lenguaje llano que casi todos evitan- que hay que bajar sueldos. Pero para eso no sería necesario alterar el valor de cambio, porque es claro es que si los sueldos elevados de una industria hacen que sus productos no sean competitivos, esos sueldos simplemente podrían bajar, sin necesidad de que el gobierno altere el valor de cambio de la moneda. Ocurre que hay barreras legales y políticas que impiden que los sueldos de esas industrias no competitivas bajen. Esto lleva a que muchos empresarios y hasta algunos economistas recomienden que el gobierno altere el valor de cambio de la moneda como un medio indirecto de reducir los salarios en todas las empresas, incluso de las que estaban bien posicionadas en el mercado y no necesitaban de esa "ayuda" para competir. Como en tantos otros casos, el método de la política argentina consiste en esconder un elefante dentro de una manada de elefantes.
Con la misma seriedad técnica con la que se recomienda el ajuste cambiario, se podría recomendar el ajuste del calendario. En vez de bajar el sueldo mensual, se podría "corregir" el mes argentino, hacerlo más largo que en el resto del mundo, manteniendo los mismos sueldos, y así abaratar costos. La única ventaja que tiene el ajuste cambiario sobre esta "solución" es que es un engaño ya hecho corriente: menos gente estaría dispuesta a cerrar los ojos ante el engaño de un mes de 6 semanas. Pero si los expertos recomiendan (otra vez) corregir el "atraso cambiario" ¿por qué hacer cuestión?
Con lo dicho no afirmo que el valor de cambio de una moneda deba ser constante. Es lógico que varíe si hay más o menos demanda de ella. Pero eso es muy distinto al llamado "ajuste" del retraso cambiario, que supone una disposición oficial para reducir la relación de cambio, buscando vanamente mejorar la competitividad a través del más primitivo de los métodos: competir bajando todos los salarios. Para peor, como estas disposiciones cambiarias mantienen intactos los problemas reales de la economía, el sacrificio es generalmente inútil.
Incluso si aceptamos que en alguna ocasión la devaluación sea el mal menor para corregir una distorsión acumulada durante mucho tiempo ¿por qué no preguntar qué factores hicieron que la anterior -enésima- corrección, ya se haya desajustado de nuevo?
La única "ventaja" de la solución del ajuste cambiario es que es engañosa. Es decir, es una ventaja ilusoria. Todo los demás son desventajas, y esas son reales. Como dije, se alteran todos los sueldos, incluyendo los que ya eran competitivos. Se supone ilusoriamente que esos, y sólo esos, se irán recomponiendo con "aumentos" para volver a su nivel anterior. Además, el trastorno general no se limita a las remuneraciones. También cambian los valores de los contratos, se desalienta (por enésima vez) el ahorro, cambian los presupuestos, y así con todo.
La experiencia muestra que aunque sean reacios a oponerse por principios morales o jurídicos (por el mal entendido "realismo" argentino), muchos encuentran tarde o temprano alguna manera de contrarrestar la pérdida de valor de sus ingresos. Desgraciadamente, quienes lo logran no son necesariamente quienes producían bienes más competitivos, o más necesarios, o mejores. Muchas veces son los que tienen más poder de presión. Al tiempo, el efecto (si lo hubo) del "ajuste cambiario" sobre la competitividad se evapora. Y eso es inevitable, pues el método elude actuar sobre las causas que han hecho a la economía no competitiva.
Y aquí llegamos al defecto más grave de la devaluación como método para recuperar competitividad. No sólo trastorna todos los valores, no sólo se evapora al poco tiempo, lo peor es que el método del "ajuste cambiario" suplanta a la discusión sobre las causas más profundas de la falta de competitividad. ¿Cuáles son las trabas que hacen que la economía no pueda adaptarse a competencia internacional? Es una pregunta incómoda que molesta a muchos. En Argentina, las preguntas incómodas no se hacen, es más fácil volver a hablar del "atraso cambiario", es más fácil proponer de nuevo lo que falló siempre.