Me propongo escribir algunas notas
acerca de los problemas que tiene la aplicación de la ley penal. Me
consta que es un asunto que preocupa a mucha gente, y no sólo a los
abogados. Eso me parece muy sano. Es fundamental que en una república
el ciudadano se interese por la ley y su aplicación.
Sin embargo, también observo que
quienes tienen ese sano interés se encuentran con que algunas notas
están escritas sólo para abogados, llenas de citas y jerga, o que
(en el otro extremo) tienen artículos de diarios, frecuentemente
escritos por periodistas que parecen saber menos que el ciudadano
corriente. Lo que yo voy a intentar es proponer algo en el medio,
algo que pueda entender toda persona, pero que no se quede en la
noticia.
Antes de pasar a temas específicos,
en esta primera nota quiero proporcionar al lector las herramientas
para que busque y use por sí mismo la información. Una de las más
importantes, por supuesto, es el Código Penal, que se puede leer en
la web. Este es el link al sitio oficial que tiene el texto actualizado del código. Trataré de dar una guía para moverse en
él.
¿Cómo se divide el Código Penal?
Básicamente el
código se divide en dos. La parte general está en el Libro Primero
del Código y tiene las reglas que se aplican a todos los delitos, la
parte especial en el Libro Segundo tiene la lista con la descripción
de todos los delitos, uno por uno, y las penas que les corresponden.
Aclaremos que algunos delitos están penados por leyes que no forman
parte del código penal, pero son los menos. Así que con aprender a
manejar el código penal tenemos lo fundamental.
Voy a hacer una
lista del contenido de cada una de las dos partes del Código. Citaré
un sólo artículo sobre cada tema, el primero de cada asunto, pero
hay que tener en cuenta que siempre hay muchos otros que directa o
indirectamente lo complementan. Al final voy a dar algunos consejos
para buscar información moviéndose con la ayuda de la computadora
dentro del código.
Parte General (Libro Primero)
Como dije, esta
parte no se refiere a ningún delito, pero dice entre otra cosas:
- cuáles son las penas (reclusión,
prisión, multa, e inhabilitación) art. 5
- cuándo la prisión o reclusión que ya se empezaron a cumplir pueden terminar antes (llamada libertad condicional) art. 13
- cuándo la de prisión se puede
dejar en suspenso desde el inicio (llamada, condena condicional)
art. 26
- la reparación de los perjuicios
que haya sufrido la víctima: art. 29
- cuándo hay legítma defensa:
art. 34 inciso 6
- cuándo una persona es
imputable, es
decir, que puede ser responsable de lo que hace: art.
34 inc. 1
- qué
pautas debe tener en cuenta el juez para fijar la pena dentro del
mínimo y máximo que el Código fija para cada delito. Esas pautas
se refieren a la gravedad del hecho en
sí mismo, art. 40
(porque, por ejemplo, no todo robo con arma de fuego es igual a otro
robo con arma de fuego, por la violencia usada, el monto robado,
etc.) como a
la persona del delincuente,
si es reincidente, su peligrosidad, etc., art.
41
- cuándo el delito queda como
tentativa, y cómo se reduce la pena en ese caso: art. 42
- quiénes se consideran cómplices,
partícipes necesarios o secundarios: art. 45
- cuándo hay reincidencia, es
decir, un delincuente que fue juzgado y condenado en el pasado, fue
a la cárcel, salió, y cometió otro delito, y qué consecuencias
tiene art. 50
- qué se hace cuando hay que
condenar por varios delitos (a diferencia de la reincidencia, aquí
se trata de juzgar varios hechos que todavía no tuvieron condena)
art. 54
- prescripción de la acción,
es decir, cuánto tiempo hay para conseguir que el delito tenga
condena firme, que se cuenta a partir de que se cometió, y que es
más o menos tiempo dependiendo de la pena que tenga el hecho. Art.
62. Si el plazo transcurre
y todavía no hay condena firme, el acusado queda libre. Condena
firme
significa, que ya no se puede apelar más. Ese
plazo se puede suspender o interrumpir por circunstancias que
enumera el Código. Cuando la suspensión
termina, el
plazo empieza a correr de nuevo, y
el tiempo anterior se suma. Cuando se interrumpe,
se empieza a contar de cero.
- suspensión del juicio,
poniendo al acusado a prueba por un tiempo (la llamada probation).
Art. 76 bis.
Si durante ese tiempo el acusado se comporta bien según las reglas
que el juez le fija, no hay juicio ni condena. La suspensión del
juicio se distingue de la condena en suspenso (condena condicional),
porque en este último caso sí hay juicio y condena, lo que se deja
en suspenso es aplicar la pena
Esta es la parte
que contiene la descripción de cada delito. Es decir, en qué
consiste cada delito, qué es lo que una persona tiene que hacer para
que se considere que cometió este delito y no otro, o que no cometió
ninguno de los delitos que contiene el código.
Los delitos están
agrupados de acuerdo al bien que dañan de modo principal (aunque
sabemos que casi todo delito daña muchas cosas a la vez). La primera
categoría es la de los delitos que atacan a las personas
directamente, empezando por lo más grave, los homicidios. Luego
siguen las lesiones, etc.
Más adelante
tenemos los delitos contra la integridad sexual (abusos, violación,
corrupción de menores, etc.), contra la propiedad (hurto, robo,
estafa). Y siguen muchas otras categorías.
Por el índice:
se puede ir al comienzo de la página, donde está el índice, buscar
allí y hacer click en el tema o clase de delito que nos interesa
Por palabra.
Vamos otra vez al comienzo de la página, apretamos en el teclado
Ctrl+f (es decir, apretamos la tecla Ctrl -la mantenemos apretada- y
apretamos la letra f). Etonces aparece arriba un cuadrito en el que
podemos escribir una palabra, apretar Enter, y la compu la busca en
la página. Claro que puede ser que la palabra aparezca muchas veces.
Por ejemplo, no sirve poner “pena” porque esa palabra aparece
todo el tiempo.